Señor Director:
A propósito del actual proceso de actualización del Plan Regulador Comunal (PRC) de Peñalolén (2021-2026), es imperativo reflexionar críticamente sobre los mecanismos de participación ciudadana desplegados por la autoridad municipal. Aunque el municipio exhibe un alto volumen de instancias consultivas, con decenas de talleres y encuentros, la metodología de la consulta de Imagen Objetivo peca de un reduccionismo tecnocrático: evaluar complejas alternativas de estructuración urbana mediante una simple escala de notas (1 a 7) tiende a vaciar de contenido político la histórica disputa por el arraigo y la permanencia territorial, traduciendo el conflicto territorial en un dócil promedio estadístico.
Esta ingeniería participativa se sitúa nítidamente en lo que Sherry Arnstein, en su conocida “la escala de participación ciudadana” define como «tokenismo» o participación cosmética: espacios informativos y consultivos sin poder de decisión, que carecen de carácter vinculante y terminan validando un diseño segregador preconfigurado. En este marco, el patrón estructural de segregación socioespacial de la comuna parece perpetuarse. Mientras las familias vulnerables de macrosectores históricos como San Luis, La Faena y Lo Hermida son confinadas a una densificación tutelada en altura que profundiza el hacinamiento, los paños del piedemonte en Peñalolén Nuevo perpetúan su exclusividad residencial de baja densidad, ignorando el riesgo geológico de la falla de San Ramón y subsidiando la seguridad ambiental para un sector privilegiado, mientras se densifica precariamente el plano regulado.
La historia reciente de Peñalolén ya demostró los límites y peligros de este gerencialismo burocrático. En el plebiscito comunal de diciembre de 2011, el tejido social autónomo abandonó el rol de cliente pasivo y ejerció un veto soberano, sepultando el proyecto expansivo municipal con un categórico 52,7% a favor de la opción “No”. Para no repetir los quiebres del pasado, la administración pública local debe transitar con urgencia hacia una gobernanza sustantiva. Esto exige, en primer lugar, establecer un compromiso municipal de ponderación pública y justificación frente a cada observación vecinal, transformando la consulta en un pacto político vinculante de facto; en segundo lugar, reconocer a las organizaciones sociales como contrapartes técnicas legítimas en el proceso de planificación; y finalmente activar en alianza con el MINVU las herramientas de suelo y las Zonas de Integración Urbana (ZIU) que otorga la Ley N° 21.450, priorizando la radicación habitacional donde existe infraestructura y frenando la captura rentista del suelo.
La justicia social urbana no es un asunto de mejoras exclusivamente técnicas, sino de soberanía colectiva sobre el entorno.
Israel Morales Morales.
Estudiante de Administración Pública, UAHC.

