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Chile se prepara para elecciones municipales y regionales en dos días

Chile se prepara para elecciones municipales y regionales en dos días
Los días 26 y 27 de octubre de 2024, los ciudadanos votarán para elegir autoridades municipales y regionales.

Por primera vez en la historia electoral de Chile, las elecciones municipales y regionales se llevarán a cabo en dos días consecutivos. Esta medida, impulsada por la reciente ley N° 21.693, tiene como objetivo facilitar la participación y garantizar un proceso más ágil para los votantes.

El 21 de agosto de 2024, el Presidente de la República, Gabriel Boric, promulgó la ley N° 21.693, que introduce importantes modificaciones al sistema electoral chileno, incluyendo la realización de las elecciones municipales y regionales de 2024 en dos días consecutivos: sábado 26 y domingo 27 de octubre. Esta iniciativa tiene como propósito facilitar el acceso al voto de los ciudadanos, descongestionando los locales de votación y reduciendo el tiempo de espera.

La ley, publicada en el Diario Oficial el 26 de agosto, introduce varias reformas en la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, así como en otras leyes relacionadas. Estas reformas permiten, entre otros cambios, que las candidaturas se declaren mediante plataformas electrónicas y establecen nuevas regulaciones para la designación de vocales de mesa, así como para la transparencia y control del gasto electoral.

Entre las principales medidas adoptadas se incluye el cierre y sellado de las urnas al finalizar la jornada del sábado, con una estricta custodia por parte de las autoridades electorales y las Fuerzas Armadas. Las urnas serán reabiertas el domingo para continuar con la votación, asegurando así la integridad de los sufragios emitidos el primer día.

El Servicio Electoral de Chile (Servel) será el encargado de dictar las normativas y resoluciones necesarias, además de coordinar un operativo logístico para asegurar que esta inédita jornada electoral se realice de manera ordenada y segura.

En cuanto a la sanción por no votar, la ley establece una multa de 0,5 unidades tributarias mensuales para quienes no cumplan con su deber cívico, con excepciones para aquellos que puedan acreditar impedimentos válidos ante un juez de policía local.

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